DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema de Responsabilidad Penal extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 59 numerales primero y tercero ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA DECLINAR LA COMPETENCIA DE LA PRESENTE CAUSA, habiendo garantizado los derechos constitucionales y legales del adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, , al Tribunal Décimo con competencia en materia de adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por ser el juez competente, toda vez que es el tribunal donde se conoce del inicio de la investigación El mencionado adolescente a partir de este momento quedara a la orden del mencionado Tribunal como su Juez natural a los fin.....