´DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos María Andreina Bastidas Bastidas y Eriberto José Canelón Terán, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, asentada bajo el Nº 03 en fecha Dos (02) de Septiembre de Dos Mil Once (2011), por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia San José de Saguaz; Municipio Sucre del estado Portuguesa,
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal de Municipio Ordinario y.....