DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de marzo de 2025, por los Abogados OBDULIA CELENIA DÍAZ PÉREZ, CESAR GABRIEL ESPAÑA DÍAZ y LUZ YANIBE MARTÍNEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo matrículas Nos. 79.197, 260.138 y 58.756, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano JAIRO JOSÉ GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-9.047.377; y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 24 de febrero de 2025 y publicada en fecha 7 de marzo de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 1CS-14217-25, con ocasión a la celeb.....