DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Sala de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme al artículo 177 Parágrafo Cuarto Literal (e) y en concordancia con el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana ELYS VERONICA SANCHEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.025.794, actuando en representación e interés único y superior de sus hijos (SE OMITEN LOS NOMBRES), de cuatro y siete (04 y 07) años de edad, respectivamente. Y Así se Decide.
En consecuencia, se DESIGNA CURADORA AD HOC de la adolescente antes identificada, a la ciudadana: ALICIA GONZALEZ JIMENEZ, venezolana, mayor.....