Por lo que precede; este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con funciones de Control N° 1 Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a los parámetros legales establecidos en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda Declinar la Competencia de la presente causa, seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, al Juzgado de Control N° 2 del Sistema Penal Ordinario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Guanare.
En consecuencia, notifíquese a las partes y ofíciese lo conducente, y remítase la presente causa al Tribunal de Control N° 2 del Sistema penal Ordinario.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de audiencias del Tribunal de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, en la ciudad de Guanare a.....