DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribual de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa que se le sigue a el adolescente: IDENTIDAD OMITIDA a quien se le imputa la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio del CLARELIS JOSSEAN PAREDES, siendo que el hecho imputado no es típico y no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, para solicitar el enjuiciamiento de la adolescente imputada, todo ello de conformidad a lo establecido en el Artículo 561, Literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ello en concordancia con el artículo 300, Ordinal 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del Artículo 537 de la citada Ley.
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