Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle, la ciudadana: YENI MARIA PEREIRA PINEDA, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas y se le otorga Titulo Supletorio sobre las referidas Bienhechurías consistente en un local comercial, quedando a salvo los derechos de terceros, dicha solicitante presento:, Cedula Catastral, Plano de Mensura, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con Fin Habitacional, expedida por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Turén del Estado Portuguesa, Constancia de Residencia expedida por el Consejo Comunal La Jacobera, copia fotostátic.....