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Decisiones del dia 09/07/2018

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : S-0386-A-18 N° Sentencia : 1094 Fecha: 09/07/2018
Procedimiento:
Justificación De Perpetua Memoria
Partes:
OSCAR HERNÁN HIDALGO GONZÁLEZ
Resumen:
Ahora bien, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte el ciudadano, OSCAR HERNÁN HIDALGO GONZÁLEZ, sobre un lote de terreno denominado "LA INDEPENDENCIA" ubicado en el sector El Cafetal, asentamiento campesino sin información, parroquia Campo Elías municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo. Aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, OSCAR HERNÁN HIDALGO GONZÁLEZ, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano, OSCAR HERNÁN HIDALGO GONZÁLEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente : S-0386-A-18 N° Sentencia : 1096 Fecha: 09/07/2018
Procedimiento:
Justificación De Perpetua Memoria
Partes:
RONALD RAFAEL GUTIÉRREZ REVILLA
Resumen:
Ahora bien, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte el ciudadano, RONALD RAFAEL GUTIÉRREZ REVILLA, sobre un lote de terreno denominado Agropecuaria TEC-20 C.A." ubicado en el sector Los Puertos, asentamiento campesino Ejidos de Páez, parroquia Payara municipio Páez del estado Portuguesa. Aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, RONALD RAFAEL GUTIÉRREZ REVILLA, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano, RONALD RAFAEL GUTIÉRREZ REVILLA, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente : 0328-A-18 N° Sentencia : 1095 Fecha: 09/07/2018
Procedimiento:
Mdda Aut De Protección A Producc E Infraestructura
Partes:
MARÌA CAROLINA VILLALTA CACCIA VS NOELIA DÌAZ
Resumen:
En el caso de autos, este juzgador concluye, del material probatorio producido dentro de la articulación probatoria cautelar; documentales, testigos e inspección judicial; que la ciudadana MARIA CAROLINA VILLALTA CACCIA se a dedicado desde el año 2014 al cultivo del rubro Arroz en finca denominada "La Carolina". Así como también se ha demostrado que la ciudadana NOELIA DÌAZ, ha obstaculizado el buen desarrollo de las actividades agrarias en ese predio, lo que determina que el presente decreto cautelar debe mantener su vigencia, en consideración a que se ha demostrado la concurrencia de los elementos constitutivos de la cautela (fumus boni iuris, periculum in danni, periculum in mora y el interés colectivo), que satisfacen los requisitos relacionados con el peligro de pérdida de la ejecutoriedad de la sentencia y la afectación de la producción agraria devenida del conflicto intra – particular.
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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