Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Divorcio, propuesta por la ciudadana IRIS MIGUELINA MARTINEZ DE PEREZ, representada por las Abogadas DENNYMAR RIXY CAMACARO RODRIGUEZ y AIDA MARIA ARREDONDO PEREZ, inscritas en los Inpreabogado Nros. 114.603 y 157.503 respectivamente, con domicilio Procesal en la avenida 17, casa 4-158 de la Urbanización Fundación Mendoza de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa en contra del ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ, ambos identificados en autos, en consecuencia, conforme al artículo 185 Eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído en fecha 26 de febrero de 2002, ante el Registro Civil del Municipio Araure Estado Portuguesa, Acta.....