Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio interpuesta por los ciudadanos CESAR GUSTAVO FERNÁNDEZ GARCÍA y CARMEN MARIBEL DURAND PARRA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.663.727 y V-9.618.367, respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la Calle 01 con Avenida 01, casa Nº 40, Barrio Las Delicias Acarigua, municipio Páez del estado Portuguesa, y la segunda en la Urbanización Tricentenaria, Manzana D 13, casa Nº 8, Araure, municipio Araure del Estado Portuguesa; asistidos por el Profesional del Derecho YNGRIS LILIANA COLMENAREZ MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 272.377, de conformidad con lo pr.....