En consecuencia, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente acción de Resolución de Contrato de Arrendamiento, interpuesta por el ciudadano GILFREDO DEL CARMEN MÉNDEZ NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.385.947 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado Cergio Cuevas Landaeta, titular de la cédula de identidad Nº 9.549.038, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.023, de este domicilio, contra el ciudadano JOSÉ ROLANDO RIVERO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.523.978, de este domicilio, sobre un inmueble tipo local comercial, ubicado en la carrera 08, entre calles 11 y 12, Nº 04, de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, y comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: So.....