Por tales razones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto, por la abogada ANANGELINA GIL AZUAJE, en su carácter de defensora del ciudadano EFREN ANTONIO URQUIOLA, contra la decisión dictada en fecha 23 de marzo de 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, Extensión Acarigua del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante el cual decretó la prohibición al ciudadano EFREN PEREZ URQUIOLA de hacer señalamientos públicos en contra del ciudadano JOSE ERNESTO RODRIGUEZ, por cualquier medio de comunicación social o en reuniones públicas, hasta tanto se resuelva el presente proceso penal, de conformidad con el Artículo 20 Constitucional y artículos 104, 282 y 250 ordinal 9° del Código Orgá.....