1) Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el acusado VICTOR MANUEL MARTINEZ AZUAJE, Venezolano, de 24 años de edad, natural de Caracas, titular de la cedula de identidad N° 19.031.393, nacido en fecha 08/01/1987, DE ESTADO Civil Soltero, de profesión u oficio Funcionario de la Policía, Residenciado en Colinas del Rosal 01, Avenida Principal, Calle 03, Los Tulipanes, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del Adolescente L. A. N (SE OMITE POR RAZONES DE LEY).
2) Admiten las pruebas presentadas tanto por el Ministerio Público, a los que la defensa se adhiere en base al principio de Comunidad de la Prueba, de conformidad con el artículo 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
Admitida la acusación en los términos expresados, se le informó al Acusado, de las formas alternativas de prosecución del proceso, .....