D I S P O S I T I V A
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda declarar el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano Cesar Augusto Rodríguez Naim, Venezolano, de 22 años de edad, soltero, estudiante, residenciado en la vereda 46 con calle H, quinte etapa, casa N° 1 de la Urbanización La Guajira, Acarigua, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 15.491.815, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho objeto de investigación no es punible, toda vez que carece de carácter penal, por las razones explanadas anteriormente.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes.
El Juez de Control N° 2
Abg. Antulio Ernesto Guilarte Escalona
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