DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: AMERICO ATILIO ECHETO y MIGDALIA COROMOTO PEÑA VELIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-5.064.953 y V-10.642.942, respectivamente, el primero de los nombrados domiciliado en el Barrio El Callao, calle 168 cerca del Centro de Diagnostico Integral El Callao, (C.D.I. El Callao), Municipio San Francisco del Estado Zulia, y la segunda en la Avenida 05, callejón 01, N° 1-9, Barrio la Romana, Municipio Araure del estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referi.....