Así mismo cursa en la presente causa oferta de Trabajo presentada y ratificada por ante este Tribunal por el ciudadano Carlos Manuel Molina Mendoza se acuerda: Primero: Verificar la existencia de la Empresa Venezolana de Previsión C.A. ubicada en la Carrera 15 entre calles 27 y 28, Edificio Torre Centro, Piso 07, Oficina N° 7-B, Barquisimeto Estado Lara, a través de la Oficina de Alguacilazgo del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Estado Lara; Segundo: oficiar al Centro de Tratamiento Comunitario "Dra Nilda Lucrecia Hernández, ubicado en Barquisimeto Estado Lara, dependiente del Ministerio de Interior y Justicia, a fin de que informe a este Juzgado la disponibilidad de cupo, y en caso negativo remitir información detallada de otros centros de Tratamiento Comunitario existentes en el país. Ofíciese.
La Juez de Ejecución Nro. 1
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli.
La Secretaria;
Abg. Karla Lorena Guerrero