Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción por Cobro de Bolívares vía intimación, seguida por la ciudadana GREGORIA COROMOTO VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 8.068.500, de este domicilio, representada por sus apoderados judiciales abogados Alejandro Alfredo Martínez Riera y Franyer José Hernández Valladares, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 40.213 y 257.577, respectivamente, ambos de este domicilio, contra el ciudadano: CARLOS VICENTE SOSA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 11.395.748, de este domicilio; en consecuencia se condena al demandado a pagar a la actora la cantidad de.....