DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: Yasmina del Carmen Urbina, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 17.140.155, en representación de su hijo: xx, contra el ciudadano: Francisco Ramón Artigas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.961.509, domiciliado en la calle Bolívar en la Pastelería El San Sabor, cerca de la Plaza Bolívar, Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de un mil bolívares (Bs.1000,oo), mensuales, y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, más el 50% de los gastos de medicina cuando lo amerite.
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