DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: Admisible el recurso de apelación interpuesto por la Abogado: ANA JIMENEZ DE NUÑEZ, en su carácter de Abogado Querellante, de la empresa CAYCA C.A. (Víctima) representada por la ciudadana: CLARA MINA MUJICA PEREZ, contra la decisión dictada en fecha 10 de mayo del 2005, por el Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, mediante la cual decretó sobreseimiento de la causa a favor de los imputados: RUBEN DARIO MARTIN ALVAREZ JUAN CARLOS MENDOZA GARCIA Y CARLOS TOMAS CONSTANTINO MARTIN, querellados e imputados por el Delito de Estafa, previsto en el artículo 464 del Código Penal Venezolano.
El Juez de Apelación Presidente,
Abg. Joel Antonio Rivero.
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