DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto los ciudadanos Sereno Betancourt Luis Gerardo, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 22 años de edad, soltero, obrero, nacido en fecha 26-08-1983, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.647.851 y residenciado en la urbanización Simón Bolívar, Vereda 5, Casa Nº 14, de Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de tentativa de robo agravado de vehículo automotor, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de Maris Anginey Ulacio Briceño.
2.- Desestima la imputación .....