este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (Unipersonal) en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE a los ciudadanos: FREDDY ALBERTO BOLÍVAR CARDOSO, venezolano, de 27 años de edad, nacido el 30-04-1977, soltero, de oficio albañil, titular de la cédula de identidad N° 15.150.937, residenciado en la avenida 2, casa N° 51, San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa y HERMES JAVIER CORDERO ESCALONA, venezolano, de 18 años de edad, nacido el 21-06-1986, soltero, de oficio estudiante, titular de la cédula de identidad N° 18.850.962, residenciado en el barrio Brisas de Apartadero, del Estado Cojedes; por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado el Artículo 5 en relación con lo establecido en el artículo 6, ordinales 1°, 2° y 3° de la Ley sobre Hurto y Robo de vehículo Automotor y PORTE ILÍCITO DE ARMAS.