Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO de la presente solicitud de Únicos y Universales herederos que siguen los ciudadanos ÁNGEL FÉLIX MASUZZO NIEVES, ANGELBERT MASUZZO NIEVES, CONCETTA MASUZZO DE OLIVO y FILIPPO MASUZZO MASUZZO, los tres primeros venezolanos y el último italiano, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-18.668.638, V-18.668.639, V-11.269.422 y E-341.332, todos de este domicilio, asistidos de la abogada Cleydys Mora, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.467.271, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 143.111, de este domicilio. Y por cuanto el presente asunto no tiene pautado un procedimiento especial, se insta a la parte solicitante, a intentar la acción judicial que.....