En consecuencia, con fundamento en las motivaciones y disposiciones legales citadas, esta Corte de Apelaciones, en Sala Accidental, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Akram El Nimer Abou Assi, contra la decisión dictada en fecha 26 de marzo de 2003 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en función de Control, de este Circuito Judicial Penal, extensión Acarigua, donde declaró el sobreseimiento de la causa seguida contra los ciudadanos, Víctor Abraham Iglesias, Álvaro Rojas Rodríguez, Iraida Ortiz de Ortiz, Mashyadys Rojas, María Rebeca Páez de García y Dulce Chirinos de Labrador, con fundamento en el numeral segundo del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Déjese copia, notifíquese a las partes y remítase en la oportunidad de ley.
La Juez de Apelación Presidente (a)
M.....