A partir de las fechas que de seguidas se indican podrá optar al beneficio de confinamiento en virtud de que considerando el tiempo que le falta por cumplir de la pena principal que es de diez (10) días, lo cual evidencia que lógicamente las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena de Destacamento De Trabajo, Regimen Abierto, Libertad Condicional, y Confinamiento se encuentran vencidas, por resulta inoficioso realizar los cómputos correspondientes; todo ello en virtud de que previa revisión minuciosa de la totalidad de las actuaciones que conforman la presente causa se observa que en fecha 15-05-2000 este Juzgado le otorgó el beneficio de Destacamento de Trabajo, el cual fue quebrantado por el penado al evadirse por lo que le fue subsiguientemente revocado, siendo posteriormente sentenciado por la comisión de un nuevo delito por el Juzgado de Juicio del estado Lara, por lo que dada su condición de reincidente lo cual además se refleja de la certificación de Antecedentes Penales .....