DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y 234 del Código Orgánico Procesal Penal, CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano Ángel Oswaldo Urquiola Villarroel, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.072.491, natural de Guanarito Estado Portuguesa, nacido en fecha 13 de Abril de 1978, de estado civil casado, de 35 años de edad, de profesión u oficio albañil, residenciado en el Barrio Islas de Campo Alegre, Calle Principal, casa s/n, a tres cuadras del Estadio de Fútbol, Guanarito Estado Portuguesa teléfono 0416-3537712;
SEGUNDO: De confo.....