PRIMERO: El ciudadano YOSVER YOHANY PIÑA le entregara personalmente y previo recibo a la ciudadana MARÍA ALEJANDRA SEQUERA FIGUEREDO la cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 900,00) mensuales, los cuales se harán efectivos a partir del 15/10/2014. SEGUNDO: Los gastos de asistencia médica, exámenes médicos y hospitalización de Identidad Omitida por Disposición de la Ley , serán cubiertos por el seguro médico de su padre (Seguros Horizonte), que aparte de cubrirlos a él, también es extensivo al niño. TERCERO: Los gastos de medicamentos, útiles, uniformes escolares, calzado y vestido, serán cubiertos a partes iguales por ambos padres. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificado, en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guan.....