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Decisiones del dia 15/12/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : PP11-P-2006-005009 N° Sentencia : 322-2006 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Medida De Proteccion
Partes:
FISCAL: ELIDA VARGAS; SOLICITANTE: MILVIDA RODRÍGUEZ
Resumen:
este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETAR MEDIDA DE PROTECCION a la ciudadana MILVICA MIREYA RODRIGUEZ, venezolana, enfermera, titular de la cédula de identidad N° 8.655.193, domiciliada en el Barrio 23 de enero, calle 08, Nro. 20, Acarigua Estado Portuguesa, consistente en vigilancia permanente a la residencia de la mencionada ciudadana, que deberá ser coordinada con los propios residentes para no afectar su intimidad, vigilancia permanente a su lugar de trabajo la cual será indicada por la solicitante a las autoridades policiales, la precitada medida de protección deberá ser cumplida por funcionarios adscritos a la Comisaría "José Antonio Páez", perteneciente al municipio Páez del estado Portuguesa
Juez/Ponente:
Alvaro Rojas
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : PJ11-X-2006-000063 N° Sentencia : 323-2006 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Medida Cautelar Sustitutiva A La Privación De Libe
Partes:
FISCAL: LUISA ISMELDA FIGUEROA; IMPUTADO: EDUARDO RAMÓN REYES; DEFENSA: JOSÉ SÁNCHEZ OVIEDO.
Resumen:
PRIMERO: Se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad dictada en contra del ciudadano EDUARDO RAMON REYES TERAN, titular de la cédula de identidad N°18.871.800, quien es venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, mayor de edad, soltero, sin profesión u oficio y residenciado en la calle 25, casa N°02-01, a una cuadra de la carnicería el Indio, Barrio Fe y Alegría, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO. SEGUNDO: No obstante la presente decisión el imputado EDUARDO RAMON REYES TERAN, quedará a la orden del Tribunal de Primera Instancia en lo penal en funciones de juicio N° 4 por haberse dictado medida privativa de libertad.
Juez/Ponente:
Alvaro Rojas
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : PP11-P-2006-005086 N° Sentencia : 324-2006 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Orden De Allanamiento
Partes:
SOLICITANTE; FISCALÍA EN DROGAS
Resumen:
este Juez de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la entrada y el registro del domicilio del ciudadano JOSE, ubicada en la dirección antes señalada, el registro deberá llevarse a cabo en presencia de dos (02) testigos hábiles, en lo posible vecinos del lugar, que no deberán tener vinculación con la policía. La orden de visita domiciliaria tendrá una duración máxima de siete (07) días; todo de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 210 en relación con el último aparte del artículo 211, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la orden respectiva
Juez/Ponente:
Alvaro Rojas
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : PP11-P-2006-005084 N° Sentencia : 325-2006 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Orden De Allanamiento
Partes:
SOLICITANTE: FISCALÍA EN DROGAS
Resumen:
este Juez de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la entrada y el registro del domicilio del ciudadano MARY, ubicada en la dirección antes señalada, el registro deberá llevarse a cabo en presencia de dos (02) testigos hábiles, en lo posible vecinos del lugar, que no deberán tener vinculación con la policía. La orden de visita domiciliaria tendrá una duración máxima de siete (07) días; todo de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 210 en relación con el último aparte del artículo 211, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Juez/Ponente:
Alvaro Rojas
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : PP11-P-2006-005080 N° Sentencia : 326-2006 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Orden De Allanamiento
Partes:
SOLICITANTE: FISCALÍA EN DROGAS.
Resumen:
este Juez de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, ordena la entrada y el registro del domicilio del ciudadano RAMON, ubicada en la dirección antes señalada; el registro se deberá llevar a cabo en presencia de dos testigos hábiles, en lo posible vecinos del lugar, que no deberán tener vinculación con la policía. La presente orden tendrá una duración máxima de siete (07) días; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 en relación con el último aparte del artículo 211, ambos del Código Orgánico Procesal Penal
Juez/Ponente:
Alvaro Rojas
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
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