Vista la conciliación celebrada por los ciudadanos EDGAR ALEXANDER TORRES y CAROL ESTHER HIDALGO LINARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 10.261.518 y 12.238.745 respectivamente, sobre la REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION del ciudadano EDGAR ALEXANDER TORRES, en beneficio de............, de trece (13) y cinco (05) años de edad respectivamente , la cual ha sido aumentada a la cantidad de la cantidad de (Bs. 300,00), mensuales en el mes de agosto el padre cancelara los gastos concernientes a uniformes y útiles escolares y en el mes de diciembre cancelara los gastos de vestuarios y calzado, en cuanto a los gastos por concepto de servicio médicos y medicinas, serán cancelados por el Seguro del cual es beneficiario el ciudadano antes nombrado y los montos antes descritos serán depositados en la entidad Bancaria Banfoandes, en la cuenta de ahorros Nº 0007-0014-24-0010122943, a nombre de la referida ciudadana, a la orden de este Tri.....