DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo anteriormente expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el Parágrafo Segundo Literal "e" del Artículo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana FANI MACHADO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.004.670; para que en nombre y representación de su hija (se omite), de dos (2) años de edad; adquiera en propiedad de la niña mencionada un inmueble ubicado en la Urbanización Casa del Campo, Sector Bello Campo, N° 50, Etapa IV, construída en una parcela de terreno identificada con el.....