Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta, por el abogado ALEXIS LEOPOLDO PEÑA AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.605.482 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 276.179, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano SERGIO MORENO ARTIGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.046.540 parte co-demandada en el presente expediente, de RECURSO DE REGULACIÓN DE COMPETENCIA, en contra la decisión dictada en fecha 13-10-2022, por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, Guanare estado Portuguesa, declarándose SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA OPUESTA.
SEGUNDO: Se declara COMPETENTE al Juzgado Cuarto de Munici.....