DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de mayo de 2025, por el Abogado DANDELI ANTONIO PARRA, en su condición de defensor privado del imputado INOCENCIO ORELLANA, titular de la cédula de identidad N° V-19.283.231, en contra de la decisión dictada en fecha 9 de abril de 2025 y publicada en fecha 23 de abril de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 3, del Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua, en la causa penal Nº PJ11-P-2024-000001, todo ello de conformidad con lo establecido en el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia y notifíquese a las partes. Una vez c.....