DISPOSITIVA
Con base a los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y por cuanto dicho no se vulnera los derechos de las partes, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO presentada por la ciudadana ÁNGELA SIRENIA LOYO VENEGA, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.659.129, domiciliada en final de la Vereda 09, casa Nº 07 de la Urbanización La Laguna, de la ciudad de Villa Bruzual del municipio Turén, estado Portuguesa contra la ciudadana ROSA CATALINA MARCHAN DE RAMOS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, casada y titular de la cédula de identidad Nº V-6.636.228.....