Vista la manifestación expresa de desistir de la acción y del procedimiento efectuada por la parte demandante, debidamente asistida del abogado Servando Vargas Acosta, ya identificado, en la presente causa, y visto el consentimiento otorgado por el abogado Manuel Ricardo Martínez, ya identificado, procediendo en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, facultado en el poder apud acta que le fuere otorgado, según consta al folio 22 del presente expediente, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION AL PRESENTE DESISTIMIENTO, de conformidad con los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a las copias fotostáticas certificadas solicitadas se acuerdan de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del C.....