Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle al ciudadano JOSE RENE BASTIDAS ESCALONA, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión de unas Bienhechurias construidas sobre una parcela de Terreno municipal, dentro de un área de Doscientos Setenta y Nueve con cero Cuatro Metros Cuadrados (279,04 mts/2), consistente en una casa de habitación, con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, un baño, una sala cocina, tres puertas de hierro, un garaje de piso rustico, cerca de alambre de púa, tela de gallinero y estantillos, acueducto, alumbrado publico, ubicadas en el Barrio Monte Sinai, calle 1, esquina callejón de ac.....