Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa-Extensión Acarigua. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana JULIA DEL CARMEN HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, fecha de nacimiento 30-05-1965, oficios del hogar, domiciliada en la Avenida 08 con calle 4 del Barrio 5 de Diciembre, Acarigua, Estado Portuguesa y titular de la Cédula de Identidad N° 10.637.551, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, en los siguientes términos, de conformidad con el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y notifíquese la presente decisión.