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DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 09 de mayo de 2025, por el abogado MARLUIN TOVAR, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 25 de abril de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado portuguesa (...).-
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 25 de abril de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado portuguesa, mediante el cual declara DESISTIDA la tacha incidental propuesta.
Publíquese.....