Visto el escrito que antecede, presentado en fecha 16 de diciembre de 2015, por el ciudadano ORLANDO MÉNDEZ CONDE, plenamente identificado, asistido por el Abogado en ejercicio Francisco José Betancourt Pinto, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 38.938, actuando en beneficio de la niña ***********************, de siete (07) meses de nacida, solicitando a este Tribunal fije Medida Provisional de Régimen de Convivencia Familiar, en virtud de que la madre no cumple con el régimen de convivencia ordenado por el Tribunal.
En atención a la presente solicitud, tomando en cuenta esta Juzgadora que la niña arriba mencionada, tiene derecho a mantener de forma regular y permanente, relaciones personales y contacto directo con su padre, ciudadano ORLANDO ANTONIO MÉNDEZ CONDE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-14.381.267, en un ambiente que garantice su desarrollo físico, social y mental, en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Media.....