DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se acuerda la calificación de flagrancia en la aprehensión del ciudadano Williams Eduardo Caro, venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, nacido en fecha 08-12-84, estado civil soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.259.378, domiciliado en la Barrio El Progreso sector 2 calle 16, Guanare, Estado Portuguesa, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, la continuación de la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión del delito de lesiones culposas.
2.- Se acuerda l.....