DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución Nº 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve como punto único: De conformidad con el artículo 46 literal C de la Ley de Régimen Penitenciario acuerda imponerle al penado Olivar Muñoz Yilber Coromoto, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.297.940, la sanción disciplinaria consistente en reclusión en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal, por el lapso de ocho (8) días consecutivos, garantizándosele sus derechos humanos, reanudando sus actividades a partir del día lunes 24 de octubre de 2011, bajo el estricto cumplimiento de las condiciones impuestas y asumidas al otorgársele la formula alterna de cumplimiento de pena de Régimen Abierto. Las partes quedan debidamente .....