DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 566 y articulo 576 y 578 literal d, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Homologa el acuerdo conciliatorio al que han llegado las partes, Primero: HOMOLOGA EL ACUERDO aprobado por las partes durante la celebración de la presente audiencia, imponiéndole a los adolescentes CUYO NOMBRE SE OMITEN POR RAZONES DE LEY por la comisión del delito para el adolescente CUYO NOMBRE SE OMITEN POR RAZONES DE LEY por la presunta comisión de uno de los delitos contra el orden público, específicamente el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 112, en relación con el artículo 5 numeral 5 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, cometidos en perju.....