En consecuencia, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer de la demanda que por Cobro de Bolívares (vía Intimatoria) ha intentado el ciudadano CEFERINO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.064.419, de este domicilio, debidamente asistido de los Abogados ALBERTO JOSE MARTINEZ DIAZ y JOSE VILLANUEVA URDANETA, mayores de edad, venezolanos, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 32.905 y 22.256, respectivamente, de este domicilio, contra el ciudadano ROBER RUIZ CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.296.142, domiciliado en el Municipio Guanarito estado Portuguesa. Remítase con oficio en su oportunidad.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en.....