decreta la Extinción de la Responsabilidad Penal de conformidad con el Articulo 103 del Código Penal al penado DAZA VILLEGAS MARVIN SALVADOR, titular de la cedula de identidad N° 16.671.313, Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial Penal del Estado Lara. Notifíquese a las partes. Ofíciese al director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental URIBANA. Déjese sin efecto l a orden de captura.- Cúmplase