Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de divorcio, fundamentado en las Sentencias 1070/2016 y 136/2017 dictada con carácter vinculante por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, propuesta por ciudadano WILMER JOSE ROJAS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 22.098.951, domiciliado en la calle 3, casa Nº 1, entre avenidas 4 y 5 del Sector 15 de Marzo de la Zona Sur, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez, del Estado Portuguesa, contra la ciudadana MARYORY NOHELY GUTIERREZ NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.058.063, domiciliada en la en la calle 2B, entre avenidas 3 y.....