Siendo el día 20 de Mayo de 2.010 a las 08:30, de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para realizar la Audiencia Preliminar, previo lapso de espera, a la hora fijada, se dio la apertura a la audiencia, la Juez solicito la verificación de la presencia de las partes, se deja constancia de la no presencia del adolescente imputado así como de su representante legal, aún estando una vez más notificados, y siendo que se hace necesario la comparecencia del adolescente de autos a los fines de la continuación del proceso el cual esta paralizado por su ausencia, lo cual consta a la presente causa, es por lo que este Tribunal de Control Nº 2 Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECLARA EN REBELDIA al adolescente Identidad Omitida, y en consecuencia ORDENA SU UBICACIÓN, por lo que líbrese el respectivo oficio al Comando Policial de la localidad donde e.....