DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , declara La SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano BOLIVAR MONTEVIDEO NARCISO ANTONIO, quien es Venezolano, natural de Palo Negro estado Aragua, nacido el 10/03/1946; soltero, albañil, identificado con Cédula N° V-3.519.527, residenciado en el Barrio Santa María, sector Las Cuberas, casa sin /n entrada por el bote de Basura, Guanare estado Portuguesa; por la comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo del artículo 375 ordinal 1° en relación con el primer aparte del artículo 82, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Colmenares Canelo Gustavo Antonio, condenándosele a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS NUEVE (9) MESES DE PRESIDIO; mas las acce.....