Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 adscrito al Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Con fundamento en los artículos 62 y 63 de la Ley de Régimen Penitenciario, CONCEDE al penado RAFAEL EFRÉN VÁSQUEZ RODRÍGUEZ un permiso de salida transitoria por el lapso de cinco (5) días hábiles, con el objeto de que pueda hacerse practicar en las condiciones más idóneas que sea posible, un examen médico forense que permita establecer, de acuerdo a su resultado, la procedencia o improcedencia de una medida humanitaria.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la solicitud del Abg. Manuel Atahualpa Jaén Barreto, Defensor del penado, en el sentido de que se tomen por suficientes los exámenes médicos públicos y privados hasta ahora practicados, para resolver .....