DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por Abogado DAVID ANTONIO AVANCINE CORDERO, en contra del auto dictado en fecha 26 de Septiembre de 2013 y publicado en esa misma data, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 04, extensión Acarigua, mediante el cual NEGÓ LA DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO, CLASE: REMOLQUE, TIPO: GRANEL, USO: CARGA, PLACAS: A90AI7E, MARCA FABRICACIÓN NACIONAL, MODELO: DITE/MOTORCA, AÑO:1978, MODELO: 1978. COLOR: AMARILLO, SERIAL DE CARROCERÍA: PDM44N3R262420578, SERIAL DE MOTOR: NO PORTA, TARA: 8000, C a p, CARGA, 5000 KG, SERVICIO: PRIVADO, solicitado por la ciudadana LOURDES DEL CARMEN ARANA.
Regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrenda.....