´Con base en los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPARTE HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada por el abogado HECTOR EDUARDO QUIROZ GIMÉNEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil AGROBIZ, C.A., denominada anteriormente SERVICIOS Y TRANSPORTE GALLARDO C.A., parte demandante, y el ciudadano VICENTE ALBERTO BASTIDA NAVEA, parte demandada, asistido por el abogado DANIEL SANTOS MENDOZA ESCALONA, en el mismo orden.´