DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano LEOBARDO RAMÓN GUÁRATE, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.058,728, nacido en fecha 06 de Noviembre de 1965, natural de Guanarito, Estado Portuguesa, hijo de Dimas Abreu y Elocadia Guárate, de ocupación comerciante, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio El Progreso, Sector 03, Calle Emiro Gabaldón, casa Nº 12, Guanare, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: Se califican provisionalmente los hechos como ROBO AGRAVADO previsto y sa.....