DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Juicio Nº 3, constituido como Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Culpable al ciudadano Luis Eduardo Claro, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.792.205, soltero, Indefinida, natural de San Cristóbal Estado Táchira, con fecha de nacimiento 29/04/1985 y sin residencia definida, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, cometido en perjuicio del ciudadano Regino Antonio Fernández Quintero, en consecuencia se le Se CONDENA a cumplir pena de Diez (10) Años de prisión y a las penas accesorias de Ley, se exime del pago de las Costas, aplicándose pena mínima según lo establecido en el artículo 37 en concordancia con el numeral 4 del artículo 74 e.....